En sentencia dictada por el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia (“STF”), se consideraron constitucionales las disposiciones de las Leyes nº 11.941/2009 y 10.684/2003 que atenúan los delitos fiscales por el pago fraccionado de la deuda, con la suspensión de la prescripción de la acción punitiva y del plazo de prescripción y consecuente extinción de la punibilidad con el pago integral de la deuda.
La Fiscalía argumentó que la amenaza de sanciones derivadas de los delitos fiscales provoca que los contribuyentes recauden sus impuestos y que dicha medida no puede flexibilizarse.
Sin embargo, para el ponente del juicio, las leyes incentivan la reparación del daño y en consecuencia aumentan la recaudación tributaria, y las sanciones penales deben ser la última medida utilizada contra los contribuyentes para hacerlos pagar sus impuestos, sólo en los casos en que otras medidas hayan sido insuficientes.