La Medida Provisional 1202/2023 todavía ha generado mucho que hablar.

Aunque la parte del texto que puso fin al sistema de cálculo y cobro de Contribuciones a la Seguridad Social con base en los ingresos, en sustitución de la nómina (el llamado alivio del impuesto sobre la nómina) fue derogada por la MP 1.208/2024, un artículo “sobreviviente” deroga el Programa de Emergencia para la Reanudación del Sector de Eventos – PERSE, entre otros.

El MP tendrá ahora a prueba su constitucionalidad, debido a la distribución de la Acción Directa de Inconstitucionalidad (ADI 7609), dirigida precisamente a la pretendida revocatoria del PERSE.

La solicitud de declaración de inconstitucionalidad se basa en la falta de urgencia y pertinencia en la emisión de la Medida Provisional, sumada a que el beneficio que se pretende revocar se otorgó por un plazo determinado, lo que significa que su revocación precipitada violaría el Código Tributario Nacional. Si una decisión suspende la vigencia de la Medida Provisional, esta permanecerá vigente y surtirá efectos válidos, lo que significa que los contribuyentes que no deseen verse sujetos a la posible pérdida del beneficio deberán interponer un recurso judicial.