La Medida Provisional 1.206/2024 actualiza los valores a observar a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a partir de febrero de 2024.

La nueva tabla progresiva es la siguiente:

Base de cálculo | Tasa impositiva | Porción de deducción del impuesto sobre la renta

Hasta R$ 2.259,20 | 0 | 0

De R$ 2.259,21 a R$ 2.826,65 | 7,5% | R$ 169,44

De R$ 2.826,66 a R$ 3.751,05 | 15% | R$ 381,44

De R$ 3.751,06 a R$ 4.664,68 | 22,5% | R$ 662,77

Más de R$ 4.664,68 | 27,5% | R$ 896,00

Se trata de una corrección monetaria del 6,97%, con base en la comparación de la tabla vigente en 2023 con la aprobada en la MP 1.206/2024.

Si bien es bienvenida, esta actualización aún está lejos de generar una recuperación total en vista de la inflación a lo largo del tiempo.

Para que se hagan una idea, en enero de 1996 (según el art. 3 de la Ley 9.250/1995), el rango de remuneración sujeto a tasa cero era de R$900,00. Si el IGP-M reconociera la inflación real del período de enero de 1996 a diciembre de 2023, estos mismos R$900,00 representarían aproximadamente R$8.100,00, según la «calculadora del ciudadano», disponible en el sitio web del Banco Central de Brasil.

La consecuencia práctica de no reconocer plenamente la inflación observada durante el período es un aumento de la recaudación, resultante de la inclusión de los contribuyentes en los tramos del impuesto sobre la renta con tasas más altas, cuando, de hecho, deberían estar sujetos a tasas más bajas, o incluso a cero. En cualquier caso, la corrección monetaria del 6,97 % ya representa algo. Mejor que nada.