En sentencia confirmada por la 2ª Sala de la Sala Superior del Consejo Administrativo de Recursos Tributarios (CARF), se descartó la incidencia de las contribuciones a la seguridad social en las becas pagadas a dependientes de empleados del contribuyente, porque los jueces entendieron que las becas de estudio no se consideran salario, ya que no hay remuneración por el trabajo desempeñado por el empleado.

El juicio se basó en la Ley 12.513/2011, que establece que las becas pagadas a empleados o sus dependientes no están sujetas a impuestos.

El resultado del juicio no fue unánime (6X4), sin embargo representa un cambio en la posición de la Sala Superior.