El tribunal de Florianópolis desestimó la demanda de indemnización por daño moral presentada por un hombre que afirmó haber sufrido humillaciones dentro de su círculo social debido a una relación extramatrimonial con su exesposa.

En su defensa, la mujer argumentó que ya estaban separados de hecho y que el divorcio contencioso ya había iniciado, sin posibilidad alguna de reconciliación entre la pareja.

El juez encargado del caso entendió que no se dan los requisitos del daño moral y que no es posible fijar una indemnización para una persona que ya no quiere vivir con otra.

La decisión está en línea con los avances en el derecho de familia que han eliminado la discusión sobre la culpa al final de una relación matrimonial, reduciendo el alcance de los daños morales.