De acuerdo con decisión confirmada por la 1ª Sala del Superior Tribunal de Justicia (STJ), los valores retenidos del Impuesto sobre la Renta y Contribuciones a la Seguridad Social pagados por el trabajador se incluyen en la base de cálculo de la contribución patronal, ya que la decisión estableció que la base de cálculo de la referida contribución patronal es la remuneración bruta y no la remuneración neta.