La Ley N.° 14.261/2021 reintrodujo el Artículo 628-A en la Consolidación de las Leyes del Trabajo (CLT). Esto significa que los empleadores serán notificados de actos administrativos, inspecciones, citaciones y advertencias mediante mensajes enviados por las autoridades de supervisión de las relaciones laborales. La plataforma también permitirá la recepción de documentos solicitados para fines de inspección. El acceso al domicilio laboral electrónico se otorgará mediante un certificado digital o código de acceso, y el enlace para acceder al sistema aún está pendiente de regulación.

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