Existe un gran debate sobre los requisitos para el reconocimiento de una unión estable. ¿Cuál es la duración de la unión y la convivencia? En la práctica, la cuestión es bastante subjetiva y cada caso debe analizarse individualmente. Sin embargo, el punto crucial es identificar la intención de la pareja de formar una familia.
Desde esta perspectiva, la cohabitación de la pareja no es esencial para el reconocimiento de una unión estable, y es perfectamente posible, sobre todo en los tiempos actuales, constituir una entidad familiar aunque sea en residencias diferentes.
En este sentido, el TJ/SC se posicionó al conceder el derecho a pensión de sobrevivencia al cónyuge que convivió con el fallecido durante más de 30 años, pero que no vivió bajo el mismo techo.