El Tribunal Regional Federal de la 5.ª Región (TRF-5) emitió una sentencia significativa para los contribuyentes cuyos pagos a plazos fueron cancelados por impago. La sentencia anuló el período de cuarentena de dos años establecido en la Ordenanza PGFN n.º 6.757/2022, que impedía la formalización de nuevas operaciones tributarias durante este período.

La sentencia ordenó a la Procuraduría General del Tesoro Nacional (PGFN) aceptar la renegociación de la deuda de un contribuyente, independientemente del plazo estipulado en la ordenanza. El juez determinó que imponer este plazo de restricción excede la jurisdicción administrativa de la PGFN, ya que limita derechos que solo podrían regularse mediante legislación complementaria.

Esta medida sienta un precedente importante para las empresas que, debido a dificultades financieras, han visto canceladas sus operaciones anteriores y desean regularizar su situación fiscal con el Gobierno Federal. La decisión también refuerza la importancia de analizar la capacidad de pago de cada contribuyente para garantizar la continuidad de las actividades comerciales y evitar sanciones excesivas.

Las empresas afectadas por la “cuarentena” impuesta por el PGFN pueden recurrir al Poder Judicial para impugnar esta restricción y asegurar la posibilidad de nuevas negociaciones.