Este año, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) dictaminó que los planes de salud sólo deben cubrir tratamientos que estén incluidos en la lista de la Agencia Nacional de Salud Suplementaria (ANS).
Sin embargo, fue sancionada la Ley nº 14.454/2022, con origen en el Proyecto de Ley nº 2.033/2022 aprobado en el Senado a fines de agosto, que determina que los planes de salud cubran los costos de tratamientos que estén fuera de la lista taxativa listada por la ANS.
De acuerdo con la Ley nº 14.454/2022, el costo del tratamiento debe ser cubierto por el plan de salud si (i) tiene eficacia científicamente comprobada; (ii) es recomendado por la Comisión Nacional para la Incorporación de Tecnologías al SUS; o (iii) es recomendado por un organismo de evaluación de tecnologías en salud de alto reconocimiento internacional.