No todo el mundo comprende aún el especial cuidado que deben tener las empresas al manejar datos sensibles.

Cualquier dato relacionado con la salud, el género, la afiliación política y religiosa de una persona se considera dato sensible y debe seguir reglas específicas.

Es interesante destacar que el RGPD (la “LGPD” europea, por así decirlo), si bien prohíbe el tratamiento de datos sensibles, establece algunas excepciones, como los datos hechos públicos por el interesado.

Sin embargo, dado que la LGPD no contempla esta posibilidad, es importante que las empresas se adapten y tomen todas las precauciones necesarias al manejar datos sensibles de sus empleados y clientes.