En el recurso de casación, el STJ terminó reconociendo la disolución parcial de una determinada sociedad con base en justa causa por la exclusión de un determinado socio.

El motivo de la exclusión del socio fue validado por el STJ: falta grave del excluido.

En el caso en cuestión, se reconoció una falta grave debido a que el excluido había realizado retiros irregulares de recursos financieros de la caja de la sociedad con el pretexto de distribuir utilidades, pero sin observar el quórum previsto en los Estatutos Sociales, que exigían la aprobación previa de los socios que representaran el 90% del capital de la sociedad.

Tal sentencia no hace más que poner más de relieve la importancia de las normas incluidas en los Estatutos Sociales de las sociedades, y la necesidad de revisarlas periódicamente, precisamente para adaptarlas a las prácticas de los socios, o bien para ajustar la conducta de los socios en el Pacto de Accionistas, siempre con el objetivo de prevenir conflictos.