El STF se pronunció sobre cuestión importante para el área tributaria, en la que discutió la constitucionalidad de la posibilidad de que leyes ordinarias limiten el alcance del carácter no acumulativo de las Contribuciones del PIS y de la COFINS, presentando entre sus motivos que, en los términos de la Constitución Federal, la legislación sólo podría definir el sector de actividad económica al cual se aplicaría el sistema.

Según la interpretación del Supremo Tribunal Federal en la sentencia sobre un recurso de repercusión general, el poder legislativo ordinario tiene autonomía para regular la no acumulación de las contribuciones al PIS y a la COFINS, siempre que se respeten otros preceptos constitucionales. Con base en esta interpretación, desestimó el recurso del contribuyente.