A través de FIAGRO (Fondos de Inversión en Cadenas Productivas Agroindustriales), el Sector Agropecuario podrá captar directamente recursos financieros disponibles en el Mercado de Capitales.
FIAGRO podrá aplicar sus recursos, por ejemplo:
propiedades rurales;
participación en empresas que realicen actividades que formen parte de la cadena productiva agroindustrial;
activos financieros, títulos de crédito o valores emitidos por personas naturales y jurídicas que formen parte de la cadena productiva agroindustrial;
derechos de crédito agroindustrial, tales como el Certificado de Derechos de Crédito Agroindustrial – CDCA, la Carta de Crédito Agroindustrial – LCA y el Certificado de Cuentas por Cobrar Agroindustrial – CRA;
títulos de titulización emitidos con respaldo de derechos de crédito agroindustriales, incluyendo certificados de cuentas por cobrar agroindustriales y acciones de fondos de inversión en derechos de crédito y fondos de inversión en derechos de crédito no estandarizados que inviertan más del 50% (cincuenta por ciento) de su patrimonio en dichos derechos de crédito;
derechos de crédito inmobiliarios relativos a inmuebles rurales y títulos de titulización emitidos con el respaldo de dichos derechos de crédito.
El riesgo de que FIAGRO transfiriera propiedades rurales a extranjeros sin respetar los límites impuestos por la Ley n.º 5.709/1971 ya se debatió ampliamente durante la tramitación del proyecto de ley en el Senado, tras ser desechado, en parte porque la Ley n.º 8.668/1993 establece claramente que el titular de las acciones del Fondo no tendrá derechos reales sobre las propiedades que componen el activo de FIAGRO. Para lograr este objetivo, sigue siendo necesario utilizar estructuras societarias diversificadas, con o sin la intervención de otras entidades jurídicas.
En cualquier caso, FIAGRO es un nuevo vehículo de inversión que seguramente ayudará al agronegocio a captar fondos en el mercado financiero.