La Ley nº 14.151/2021 determina que, durante la emergencia de salud pública derivada de la COVID-19, las trabajadoras embarazadas deben permanecer alejadas de las actividades presenciales de trabajo, sin perjuicio de
su remuneración.
Con base en la ley antes mencionada, el trabajador que se encuentre en licencia deberá estar disponible para realizar sus actividades en su domicilio, mediante teletrabajo, trabajo a distancia o trabajo a distancia.
Teniendo en cuenta que esta ley ya está en vigor, las empresas deberán prever la adaptación de la situación de las empleadas que se encuentren en estado de embarazo, con el fin de evitar dudas.