A través de una consulta de solución fechada en febrero de este año, la Receita Federal manifestó su entendimiento de que el cálculo de los créditos Pis/Cofins provenientes de insumos está directamente relacionado con la producción de bienes o la prestación de servicios.

Con base en esta premisa, la Receita Federal sostuvo que el mayorista, responsable por la distribución y entrega de mercancías a través de su propia flota de transporte de mercancías por carretera, no tiene derecho a crédito sobre los combustibles y lubricantes consumidos, ni siquiera sobre el mantenimiento de los vehículos.

Se trata de una interpretación que, a nuestro juicio, desvirtúa el concepto de insumo existente en la legislación tributaria y limita claramente el derecho del contribuyente a los créditos garantizados por la ley y por la posición del STJ sobre el sistema de recursos repetitivos, de modo que los contribuyentes que tengan interés en aprovechar los referidos créditos deberán buscar protección mediante acción judicial.