La mayoría de los magistrados de la Corte Suprema dictaminó que la decisión emitida en la ADC 49, que eliminó el impuesto ICMS en las transacciones entre establecimientos de la misma persona jurídica, entrará en vigor a partir de 2024. Además, los contribuyentes podrán mantener y transferir créditos del ICMS a otros estados también el próximo año, pero corresponderá a los estados regular el asunto.
Prevaleció la interpretación del ministro Edson Fachin, quien indicó que los estados, bajo la supervisión del Consejo Nacional de Política Tributaria (CONFAZ), tienen hasta el próximo año para regular la transferencia de créditos del ICMS entre establecimientos de la misma persona jurídica. Si el plazo vence sin regulación, se reconoce el derecho de los contribuyentes a transferir los créditos.
En otras palabras, los estados continuarán cobrando el ICMS sobre las transacciones interestatales hasta finales de este año. Sin embargo, esta situación no aplica a los contribuyentes con una decisión administrativa o judicial favorable, quienes, además de no pagar el ICMS sobre estas transacciones, también tendrán derecho a un reembolso de las cantidades pagadas indebidamente.