Por un lado, está el franquiciador y sus desafíos para expandir su negocio sin perder su esencia y calidad. Por otro, está el franquiciado, con sus esperanzas de futuro y su deseo de consolidar un negocio estable. Durante años, hemos presenciado numerosos problemas relacionados con las franquicias, la mayoría de los cuales se deben a la falta de transparencia y a expectativas desalineadas entre las partes. Independientemente de si es necesaria o no una nueva ley, celebro el «nuevo marco de franquicias», promulgado por la Ley 13.966/19.

En la práctica, el mercado de franquicias puede beneficiarse de las novedades que trae la nueva Ley, siendo los cambios relacionados con la circular de oferta de franquicia los que más pueden ayudar a las partes, especialmente en lo que se refiere a los servicios ofrecidos por el franquiciador, la incorporación de innovación tecnológica y las reglas de competencia territorial entre unidades propias y franquiciadas.

La nueva ley contiene más detalles, probablemente abordando los diversos problemas derivados de las lagunas de la ley anterior. Las disposiciones sobre las normas de transferencia y sucesión, así como la descripción de las sanciones y multas, la existencia de cuotas mínimas de compra y las condiciones para rechazar los productos y servicios ofrecidos por el franquiciador requerían mayor atención y se aclararon debidamente en el nuevo texto.

Un cambio importante es la eliminación de la cuota de depósito de garantía, dejando únicamente la cuota de membresía inicial, también conocida como cuota de franquicia. Los criterios para subarrendar el espacio comercial al franquiciado también se han especificado claramente, resolviendo disputas de larga data.

Otro tema que aún generará bastante discusión es la distinción que hace el derecho entre contratos nacionales e internacionales, permitiendo la elección del foro para las disputas legales o incluso el uso del arbitraje.

Los cambios de la nueva ley son interesantes y útiles. Queda por analizar cuidadosamente cada situación en relación con las nuevas normas para garantizar la interpretación correcta aplicable a cada caso.