La MP 1227/2024 se hizo conocida como la MP del Fin del Mundo porque impuso restricciones a la compensación de los créditos Pis/Cofins, además de crear nuevas condiciones para el mantenimiento de incentivos y beneficios fiscales, como la presentación de una declaración específica a la Receita Federal, bajo pena de multa.
Por ser tan ofensivas, las restricciones a la compensación de créditos en el cálculo del Pis/Cofins y la revocación de las hipótesis de reembolso y compensación de créditos presuntos de las contribuciones mencionadas fueron rechazadas sumariamente por acto del Presidente del Congreso Nacional.
Sin embargo, se mantuvieron las disposiciones que imponían a los contribuyentes la obligación de completar y presentar otra obligación adicional, esta vez enumerando cada uno de los incentivos y beneficios fiscales de que gozaban, todo ello como condición para mantener los citados incentivos y beneficios, bajo pena de multa.
Transcurrido el plazo de 60 días sin que se convirtiera en ley, la Medida Provisional del Fin del Mundo cae ahora por completo.
Ahora bien, los contribuyentes deben saber cómo proceder respecto de la DIRBI (Declaración de Incentivos, Exenciones, Beneficios e Inmunidades de Carácter Tributario).
Aunque el MP que lo originó ha perdido vigencia, el Servicio de Impuestos Federales (IRF) tiene la facultad de crear obligaciones adicionales, lo que significa que los contribuyentes aún pueden estar obligados a presentar la DIRBI. Las multas por incumplimiento de dichas obligaciones ya no pueden cobrarse precisamente porque han perdido su fundamento legal.
Por lo tanto, cualquier intento de la Receita Federal de imponer sanciones a los contribuyentes que no presenten la DIRBI puede ser cuestionado por falta de sustento legal.