La ley brasileña protege el patrimonio familiar, entendido como los bienes habitacionales de propiedad de la pareja o entidad familiar, garantizando que no sean objeto de embargo e impidiendo que sean utilizados para liquidar cualquier tipo de deuda.

Sin embargo, lo que algunas personas no saben es que esta garantía no es absoluta y puede verse atenuada dependiendo del caso concreto.

En este sentido, la 27ª Sala de Derecho Privado del Tribunal de Justicia del Estado de São Paulo decidió recientemente, en decisión unánime, que convalidó el embargo de bienes pertenecientes a personas mayores que actuaron como fiadores en un contrato de arrendamiento de vivienda.

Según el entendimiento del Tribunal, la inembargabilidad del bien de familia es inoponible en el caso de obligación derivada de garantía otorgada en contrato de arrendamiento, conforme a lo previsto en el Sumario 549 y en el art. 3º, VII de la Ley 8.009/90.