Durante el año 2020, el Gobierno del Estado de São Paulo emitió los Decretos nº 65.254 y 65.255, mediante los cuales se revocaron diversos beneficios fiscales relacionados con la exención del ICMS o la reducción de la base de cálculo de dicho impuesto.

Muchos sectores se vieron afectados, como el farmacéutico, el hospitalario, el de venta de vehículos usados ​​(que afectó al sector asegurador, por la venta de vehículos siniestrados) y el agroalimentario.

La revocación de los beneficios implicó un aumento real de la carga tributaria a través de un simple Decreto del jefe del Ejecutivo paulista, que restableció la tributación normal a sectores que, por su importancia estratégica, gozaban de exención o de una reducción en la base de cálculo que tornaba la alícuota efectiva mucho menor.

Al analizar la cuestión, el Tribunal de Justicia del Estado de São Paulo (TJ-SP) entendió que los beneficios previstos en un acuerdo interestatal, para tener validez en un determinado Estado miembro, deben ser convalidados mediante Decreto del Poder Ejecutivo de ese mismo Estado miembro, de modo que los mismos beneficios también pueden ser revocados por Decreto Ejecutivo.

Ahora sólo queda esperar que el Supremo Tribunal Federal (STF) analice la cuestión a través de la ADI 6691.