Las industrias del país desarrollan procesos para tratar sus efluentes (residuos) para evitar la contaminación del suelo, aire, ríos, lagos y océanos, preservando así el medio ambiente y cumpliendo además con la legislación ambiental.

Una empresa textil consultó recientemente a la Secretaría de Hacienda sobre la posibilidad de solicitar créditos PIS y COFINS por gastos de gestión de efluentes. La empresa argumentó, en esencia, que para que su proceso de fabricación tenga un desarrollo sostenible, es necesario tratar adecuadamente los residuos, según lo exige la Ley n.º 12.305/10 y las Resoluciones CONAMA 237/97 y 430/2011.

La respuesta del Servicio de Ingresos Federales fue positiva para el contribuyente, permitiendo descontar los créditos.

PIS/COFINS sobre estos gastos. La decisión se basó en la postura del Tribunal Superior de Justicia (STJ), que en 2018 emitió directrices importantes sobre el concepto de insumo.

Cabe recordar que, para el Tribunal Superior de Justicia (STJ), un insumo es un elemento esencial y relevante para el proceso de producción o la prestación de un servicio. De hecho, incluso si el elemento no forma parte del producto final, sino que forma parte de todo el proceso de producción por exigencia legal, como es el caso de los gastos por efluentes, puede ser computable para las contribuciones, siempre que cumpla con el criterio de relevancia.

El Servicio de Impuestos Federales actuó correctamente en este caso, ya que los gastos del tratamiento de efluentes son, sin duda, insumos para la actividad productiva de una industria. Sin embargo, es una lástima que la Agencia Federal careciera de criterios, como, por ejemplo, al no permitir el crédito PIS/COFINS para los gastos de alimentación de los empleados, a pesar de que surge de un requisito legal.