La Primera Sala del Tribunal Superior de Justicia (STJ), por mayoría de votos (3-2), determinó que la parte de la corrección monetaria aplicada a las inversiones financieras debía ser gravada por el IRPJ y la CSLL. Con el apoyo del voto del juez Gurgel de Faria, con la concurrencia de los jueces Benedito Gonçalves y Sergio Kukina, se decidió que la Ley n.º 9.718/98 prevé expresamente la tributación de estas rentas. Los jueces Napoleão Nunes y Regina Helena Costa votaron a favor del contribuyente, entendiendo que la corrección monetaria no representa un aumento del patrimonio.

Aunque la batalla está perdida, la guerra de los contribuyentes contra las autoridades fiscales aún no ha terminado. En primer lugar, porque la decisión no se vio afectada por el sistema de apelaciones repetitivas, y en segundo lugar, el Tribunal Supremo está a la espera de la sentencia sobre la Cuestión 962, que debate la inconstitucionalidad de la imposición del IRPJ y la CSLL sobre la tasa SELIC aplicada a los impuestos indebidos. Si bien el núcleo del debate es diferente, si esta sentencia concluye favorablemente para los contribuyentes, influirá en el fallo de la Primera Sala del Tribunal Superior de Justicia (STJ).