La Receita Federal (RFB) publicó la Instrucción Normativa (IN) n.º 2.091/2022, que establece los requisitos para el inventario de bienes y derechos y define los procedimientos para la formalización de alegaciones para la presentación de una medida cautelar tributaria. Esta instrucción normativa es una actualización de la IN n.º 1.565/2015, ya derogada, que regulaba la materia.
A través de la nueva regulación, la responsabilidad por el seguimiento del inventario de activos se transfiere al Equipo Regional de Garantía de Crédito Fiscal (Egar), de la región fiscal del domicilio fiscal del contribuyente o al equipo correspondiente de la unidad de la RFB cuando la actividad de garantía de crédito fiscal no esté integrada con el Egar.
De acuerdo con la norma, la Receita Federal de Brasil puede ordenar el inventario de activos al detectar que el contribuyente tiene créditos fiscales bajo su responsabilidad, por un valor superior a R$ 2.000.000,00 (dos millones de reales) y al 30% (treinta por ciento) de su patrimonio conocido.
Además, la nueva norma prevé que el patrimonio conocido de la persona física es el declarado en la última Declaración Jurada del Impuesto sobre la Renta presentada (DIRPF), sin deducción de deudas y cargas reales, excluidos los bienes y derechos a nombre de personas a cargo e incluidos los a nombre del cónyuge o pareja de hecho en unión estable, aplicándose el contrato formalizado entre los socios mediante escritura pública.
Para las personas jurídicas, la norma actualizada considera el total de activos reportados en el último Balance General registrado en los registros contables, conforme consta en los Registros Contables Fiscales (RCF) o Registros Contables Digitales (RCD).