El Decreto N° 10.707/2021 reglamentó la realización de subastas para la adquisición de Reserva de Capacidad en forma de potencia, con el objetivo principal de atender la eventual demanda de energía eléctrica de los consumidores del Sistema Interconectado Nacional.
El objetivo es disponer de energía para satisfacer la demanda, incluso en los casos en que en el futuro se produzcan fluctuaciones en el suministro de energía, resultantes de factores que afecten a la producción (clima, luz solar, viento, etc.).
Ahora, corresponde al Ministerio de Minas y Energía definir la cantidad de Capacidad de Reserva a contratar, siendo los costos de adquisición de la reserva compartidos entre los usuarios.