El Ministerio Público Federal, guiado por la Convención de Nueva York, que prevé medidas para facilitar la prestación de alimentos en el exterior, presentó una acción contra el Banco do Brasil buscando que el banco se abstenga de cobrar tasas y cargos en la transferencia de valores de alimentos al exterior.
La discusión llegó a la Corte Superior de Justicia (STJ), que dictaminó que la exención prevista en la Convención de Nueva York también debe aplicarse a las comisiones bancarias requeridas para el pago de pensiones extranjeras.
Según el entendimiento del STJ, las exenciones y facilidades previstas en la Convención no se limitarían a los gastos judiciales y deberían «incluir todos los procedimientos necesarios para la ejecución de la decisión judicial, incluido el servicio bancario para el envío de fondos al exterior».
El STJ destacó que el objetivo de la exención es facilitar la obtención de alimentos, por lo que la solicitud se apoyó en las reglas del Ministerio Público Federal con base en la Convención.