El Supremo Tribunal Federal (STF) decidió que la indemnización por daño moral proveniente de acciones laborales puede superar el límite establecido en la Consolidación de las Leyes del Trabajo (CLT), que clasifica las infracciones a la CLT considerando su gravedad: (i) daño leve (hasta tres veces el último salario);
(ii) daños medianos (hasta cinco veces); (iii) daños graves (hasta 20 veces); y (iv) daños muy graves (hasta 50 veces).
Sin embargo, en la decisión emitida por el STF, se entendió que los criterios presentados por la CLT son meramente indicativos y no constituyen un techo impuesto por ley.