El Decreto nº 12.406/2025 promulgó el Tratado para Evitar la Doble Tributación firmado entre Brasil y el Reino de Noruega.
El Tratado Brasil-Noruega fue elaborado con base en el modelo de convención de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos), aplicándose tanto al Impuesto sobre la Renta como a la Contribución Social sobre la Lucro Líquido del lado brasileño.
El Tratado establece límites (10% o 15%, según corresponda) para los ingresos caracterizados por dividendos, intereses y regalías, con previsión específica para los ingresos provenientes de servicios técnicos y asistencia técnica (10%).
Existe una disposición específica para las actividades offshore, incluida la exploración del fondo marino, del subsuelo y de los recursos naturales, así como las actividades directamente relacionadas (transporte de suministros y personal).
La eliminación se realizará mediante el otorgamiento de un crédito correspondiente al impuesto efectivamente pagado.
Corresponde a las empresas que operan en dichos países analizar las disposiciones del Tratado para elegir la estructura más adecuada desde el punto de vista fiscal.