El Tribunal de Justicia del Estado de São Paulo (TJSP) confirmó la decisión que condenó a un restaurante a pagar una indemnización por daño moral debido a la discriminación de una camarera contra dos mujeres con discapacidad auditiva.
En este caso particular, las mujeres habían pedido una comida y fueron identificadas como «mudas» en sus cuentas. El restaurante alegó en su defensa que la camarera no tenía malas intenciones y que el término es de uso común en la sociedad.
Sin embargo, los argumentos no fueron acogidos y el restaurante fue condenado a pagar diez mil reales en concepto de indemnización por daño moral a cada víctima.
Vale la pena recordar que el capacitismo es considerado un delito y puede ser castigado con pena de prisión de 1 (uno) a 3 (tres) años, además de multa, conforme a lo previsto en la Ley Brasileña de Inclusión de la Persona con Discapacidad, también conocida como Estatuto de la Persona con Discapacidad.